Cambiemos a México

lunes, septiembre 11, 2006

ONCE ABSURDOS JURÍDICOS DEL TEPJF.


Revista Emeequis.

Por Jaime Cárdenas

*El dictamen del 5 de septiembre del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mismo que calificó la elección presidencial, contiene un gran número de inconsistencias jurídicas, que son inexplicables desde el trabajo previo del propio Tribunal. El órgano jurisdiccional echó por la borda con esta resolución su prestigio ganado en otras sentencias y, lo que es peor, nos regresó a etapas democráticamente superadas.

Entre estas inconstancias y absurdos jurídicos podemos mencionar las siguientes.

1 Violó el artículo 17 constitucional. La resolución no fue completa ni imparcial. Se quedó en el análisis de las irregularidades esgrimidas por la Coalición por el Bien de Todos pero no trascendió esos señalamientos, cuando su deber era apreciar las distintas etapas del proceso con una visión jurídica superior, que era la de la determinación sobre la manera en que se cumplieron en el proceso los principios constitucionales, principalmente los aplicables a la materia electoral.

2 La resolución señala que la etapa de calificación de la elección presidencial no es de carácter contradictorio. Sin embargo, la redacción del dictamen fue una suma de desvirtuaciones de las pretensiones de la Coalición por el Bien de Todos, todas ellas de carácter contencioso.

3 La resolución no toma en cuenta todo el ordenamiento jurídico. Excluye normas como el artículo 9. 1 inciso f) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, aduciendo que no se pueden requerir pruebas que no se hayan aportado.

4 No aplica la suplencia de la queja, no resuelve con plena jurisdicción y no acuerda diligencias para mejor proveer. Todas ellas figuras jurídicas previstas en la ley y aplicables al caso, que le hubieran dado al Tribunal la posibilidad de esclarecer plenamente las circunstancias del proceso electoral ordenando la práctica de pruebas e investigando.

5 Es un tribunal extraño porque regaña. Regaña a Fox y al Consejo Coordinador Empresarial. Un tribunal no está para regaños sino para resolver conforme a derecho.

6 Asume la doctrina de los actos propios para pasar por alto las campañas negras y desvirtuar los señalamientos de la Coalición: si tú hiciste campaña negra no puedes alegarla, cuando lo que estaba en juego es la calidad del proceso electoral, independientemente de quién cometa las irregularidades.

7 No hay un análisis de cómo el conjunto de las irregularidades impactaron en el proceso. Es básicamente una resolución que contradice una a una las irregularidades invocadas, sin comprenderlas y argumentarlas en su integridad.

8 Más que una sentencia parece una contestación de demanda y los magistrados parecen abogados de una parte demandada inexistente.

9 Hay muchos análisis incompletos; así, por ejemplo, cuando se estudian las menciones de los noticieros de radio y televisión a los candidatos, se dice que López Obrador fue el candidato que tuvo más menciones en ellos, pero no se dice que fue el candidato con más menciones negativas.

10 La aprobación del dictamen no fue producto de una deliberación pública entre argumentos y razones. El órgano colegiado pierde sentido y no le da a la sociedad la posibilidad de conocer las distintas posturas y matices entre los magistrados. Hay por tanto un déficit con la transparencia y con el principio de acceso a la información. Es un tribunal opaco.

11 Señala que las irregularidades no fueron determinantes y graves para invalidar el proceso, pero no indica en qué condiciones esas irregularidades hubiesen sido consideradas graves y determinantes para la anulación. Hay un déficit de argumentación en donde la carga de la prueba y la argumentación correspondió, según el dictamen, en exclusiva a la Coalición, cuando le debió corresponder al tribunal, dado el carácter no contencioso de la calificación electoral y el papel que constitucionalmente le corresponde.Estos señalamientos y otros más lo juzgarán como un tribunal político subordinado al poder en turno. El juicio del presente, del futuro y de la historia no les será favorable. No tengo la menor duda sobre ello.

*Doctor en derecho. Ex consejero del IFE. Profesor e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.


 
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