Plantean Convergencia y PRD “plebiscito revocatorio”.
Señala la iniciativa que a través de una consulta ciudadana, a mitad del sexenio, se podrá decidir si el Presidente en funciones se mantiene o no en el poder.
Ricardo Gómez
El Universal
Senadores del PRD y Convergencia presentaron una iniciativa en el Senado para instituir en la Constitución la figura del “plebiscito revocatorio”, con lo que a través de una consulta a la ciudadanía, a mitad de la gestión presidencial, se podrá decidir si el Presidente en funciones se mantiene o no en el poder.
La iniciativa incluye la adición al artículo 39 de la Constitución, con lo que el plebiscito se realizaría después de dos años de ejercicio del mandato y antes de que se cumplan los tres años de gobierno.
“Al mismo tiempo, el plebiscito revocatorio podría ser una salida democrática ilegal a situaciones de crisis políticas en las entidades de la unión y en el país”.
Según el texto, el plebiscito se llevará a cabo cuando lo solicite un número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, equivalente a 30% de los votos que hubiera obtenido el candidato triunfador en la elección correspondiente.
En caso de que la revocación sea decretada, el Congreso de la Unión elegirá a un titular del Ejecutivo con el carácter de interino para convocar a nuevas elecciones dentro de los 120 días posteriores al plebiscito.
El Ejecutivo electo asumirá su cargo tres días después de realizada la declaración constitucional y fungirá hasta concluir el periodo restante del mandatario revocado.
La iniciativa está firmada por los coordinadores de los senadores del PRD, Carlos Navarrete, y de Convergencia, Dante Delgado, así como por legisladores como Carlos Sotelo, Rosalindo López y Pablo Gómez, también del PRD.
Señala la iniciativa que a través de una consulta ciudadana, a mitad del sexenio, se podrá decidir si el Presidente en funciones se mantiene o no en el poder.
Ricardo Gómez
El Universal
Senadores del PRD y Convergencia presentaron una iniciativa en el Senado para instituir en la Constitución la figura del “plebiscito revocatorio”, con lo que a través de una consulta a la ciudadanía, a mitad de la gestión presidencial, se podrá decidir si el Presidente en funciones se mantiene o no en el poder.
La iniciativa incluye la adición al artículo 39 de la Constitución, con lo que el plebiscito se realizaría después de dos años de ejercicio del mandato y antes de que se cumplan los tres años de gobierno.
“Al mismo tiempo, el plebiscito revocatorio podría ser una salida democrática ilegal a situaciones de crisis políticas en las entidades de la unión y en el país”.
Según el texto, el plebiscito se llevará a cabo cuando lo solicite un número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, equivalente a 30% de los votos que hubiera obtenido el candidato triunfador en la elección correspondiente.
En caso de que la revocación sea decretada, el Congreso de la Unión elegirá a un titular del Ejecutivo con el carácter de interino para convocar a nuevas elecciones dentro de los 120 días posteriores al plebiscito.
El Ejecutivo electo asumirá su cargo tres días después de realizada la declaración constitucional y fungirá hasta concluir el periodo restante del mandatario revocado.
La iniciativa está firmada por los coordinadores de los senadores del PRD, Carlos Navarrete, y de Convergencia, Dante Delgado, así como por legisladores como Carlos Sotelo, Rosalindo López y Pablo Gómez, también del PRD.
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